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Boletín Oficial

Año 11 • N° 05 • Julio 2022

NORMAS DEL CONCEJO DELIBERANTE

  • Ordenanza Nº 30/2022
    TEMA: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA MARIA ROSA PÉREZ
    Fecha: 14/07/2022
  • Ordenanza Nº 31/2022
    TEMA: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA MARÍA LUCÍA PERO
    Fecha: 14/07/2022
  • Ordenanza Nº 32/2022
    TEMA: DESAFECTACIÓN ESPACIO VERDE—MANZANA 916
    Fecha: 14/07/2022
  • Ordenanza Nº 33/2022
    TEMA: DESAFECTACIÓN MANZANA 871
    Fecha: 14/07/2022
  • Ordenanza Nº 34/2022
    TEMA: INCREMENTO PRESUPUESTARIO—REFACCIONES ESCOLARES
    Fecha: 28/07/2022
  • Ordenanza Nº 35/2022
    TEMA: INCREMENTO PRESUPUESTARIO—PUENTES PEATONALES PASEO COSTERO
    Fecha: 28/07/2022
  • Ordenanza Nº 36/2022
    TEMA: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA CRISTIAN LEDESMA
    Fecha: 28/07/2022
  • Ordenanza Nº 37/2022
    TEMA: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA MIRIAM RUBI DANI
    Fecha: 28/07/2022
  • Ordenanza Nº 38/2022
    TEMA: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA NORMA FRESSER—SANDRO RODRIGUEZ
    Fecha: 28/07/2022
  • Declaración de Interés Nº03/2022
    TEMA: 1º JORNADAS REGIONALES DE MATEMÁTICA
    Fecha: 14/07/2022
  • Comunicación Nº01/2022
    TEMA: ATENCIÓN AL PÚBLICO CAMUZZI
    Fecha: 28/07/2022
  • Edictos Área Legales

ORDENANZA Nº 30/2022
TEMA: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA MARÍA ROSA PÉREZ
Fecha: 14/07/2022

VISTO
El Expediente Nro. 034/2022 caratulado: “MARÍA ROSA PEREZ S/ ESCRITURACIÓN”;

CONSIDERANDO
Que con fecha 13 de Junio de 2.022 se presenta la Sra. María Rosa Pérez DNI: 12.097.848, solicitando la adjudicación definitiva y/o la escrituración del inmueble designado catastralmente: 08-1-H-252-17A-000, a nombre del estado municipal

Que a fs. 6 acompaña Copia de “Ordenanza N°57 de pre adjudicación” con fecha 24 de Junio de 1988.

Que a fs. 5 acompaña copia del “Acta de Entrega y Conformidad”, de fecha 9 de Julio de 1988.

Que a fs. 10 la Secretaría de Planificación y Desarrollo Local CERTIFICA que el inmueble en mención se encuentra en posesión de la Sra. María Rosa Pérez,

Que la titularidad del presentante se condice con las constancias de los registros de este municipio, todo ello de acuerdo al informe de datos parcelarios agregado a fs. 8 y 9.

Que a fs. 4 consta el Certificado de Libre de Deuda del impuesto inmobiliario.

Que de acuerdo al informe del área de impositiva el inmueble no registra deuda;

Que, para la instrumentación de lo aquí dispuesto, también debe constar que los gastos de escrituración serán a cargo del adjudicatario.

POR ELLO, el PUEBLO DE CHOELE CHOEL, por intermedio de sus representantes; EL CONCEJO MUNICIPAL, en ejercicio de sus atribuciones, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTÍCULO PRIMERO: Adjudíquese en forma definitiva la Parcela 17A de la Manzana 252 de la Sección H, con Denominación Catastral 08-1-H-252-17A-000 a los SRA. MARÍA ROSA PÉREZ DNI: 12.097.848, en base a los considerandos de la presente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Otórguese la correspondiente escritura traslativa de dominio a favor de la adjudicataria y autorícese al Sr. Intendente Municipal a firmar la escritura traslativa de dominio y/o cualquier otra documentación que fuere necesaria para la instrumentación de la adjudicación objeto de la presente, dejándose expresa constancia que la totalidad de los gastos son a cuenta del adjudicatario.

ARTÍCULO TERCERO: Comuníquese, publíquese, tomen razón las oficinas correspondientes para su cumplimiento y oportunamente archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CHOELE CHOEL A LOS 14 DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.


ORDENANZA Nº 31/2022
TEMA: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA MARÍA LUCÍA PERO
Fecha: 14/07/2022

VISTO
El Expediente Nro. 036 / 2022 caratulado: “PERO MAIRA LUCÍA S/ ESCRITURACIÓN”; y

CONSIDERANDO
Que con fecha 29 de junio de 2.022 se presenta la Sra. Pero Maira Lucia, DNI: 35.598.150 solicitando la adjudicación definitiva y/o la escrituración del inmueble designado catastralmente: 081-E-897A-10, a nombre del estado municipal

Que a fs. 4 acompaña Copia de “CONVENIO DE ADJUDICACIÓN” con fecha 10 de mayo de 2012 al Sr. Walter Gustavo Zarate.

Que a fs. 6 acompaña copia del “CONVENIO DE CESIÓN DE DERECHOS DEL CONVENIO DE ADJUDICACIÓN”, entre el Sr. Walter G. Zárate y La Sra. Pero.

Que a fs. 10 la Secretaría de Planificación y Desarrollo Local CERTIFICA que el inmueble en mención se encuentra en posesión de la Sra. Maira Lucía Pero.

Que la titularidad del presentante se condice con las constancias de los registros de este municipio, todo ello de acuerdo al informe de datos parcelarios agregado a fs. 12.

Que a fs. 8 y 9 consta el Certificado de Libre de Deuda del impuesto inmobiliario.

Que de acuerdo al informe del área de impositiva el inmueble no registra deuda;

Que, para la instrumentación de lo aquí dispuesto, también debe constar que los gastos de escrituración serán a cargo del adjudicatario.

POR ELLO EL PUEBLO DE CHOELE CHOEL A TRAVES DE SU REPRESENTANTE, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD, EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO PRIMERO: Adjudíquese en forma definitiva la Parcela 10 de la Manzana 897A de la Sección E, con Denominación Catastral 08-1-E-897A-10 a la SRA. PERO MARÍA LUCIA, DNI: 35.598.150, en base a los considerandos de la presente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Otórguese la correspondiente escritura traslativa de dominio a favor de la adjudicataria y autorícese al Sr. Intendente Municipal a firmar la escritura traslativa de dominio y/o cualquier otra documentación que fuere necesaria para la instrumentación de la adjudicación objeto de la presente, dejándose expresa constancia que la totalidad de los gastos son a cuenta del adjudicatario.

ARTICULO TERCERO: Comuníquese, publíquese, tomen razón las oficinas correspondientes para su cumplimiento y oportunamente archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CHOELE CHOEL A LOS 14 DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.


ORDENANZA Nº 32/2022
TEMA: DESAFECTACIÓN ESPACIO VERDE—MANZANA 916
Fecha: 14/07/2022

VISTO
La Manzana 916

CONSIDERANDO
Que mediante la Ley Nº 5.474, se crea el “PROGRAMA RIO NEGRO SUELO URBANO”, con el fin de planificar y desarrollar políticas publicas activas y sostenidas que garanticen el acceso al suelo urbanizado de aquellos rionegrinos y rionegrinas que se ven imposibilitados de hacerlo;

Que la MUNICIPALIDAD DE CHOELE CHOEL, pretende acceder al PROGRAMA RIO NEGRO SUELO URBANO
Que con esa finalidad, resulta indispensable desafectar como espacio verde, la manzana 916 del ejido urbano de Choele Choel

POR ELLO EL PUEBLO DE CHOELE CHOEL A TRAVES DE SU REPRESENTANTE, EL CON-CEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD, EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO PRIMERO: Desaféctese como bien del dominio público del estado y de uso público –Espacio Verde-, la Manzana 916, según Plano Origen 833/12, en base a los argumentos expresados en los considerandos.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, publicítese, comuníquese, tomen conocimiento las áreas correspondientes, y cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CHOELE CHOEL A LOS 14 DÍAS DEL MES JULIO DE 2022.-


ORDENANZA Nº 33/2022
TEMA: DESAFECTACIÓN MANZANA 871
Fecha: 14/07/2022

VISTO
La solicitud de escrituración de un vecino de la localidad;

CONSIDERANDO
Que mediante nota de fecha 6 de mayo de 2.021, un vecino se presenta detentando convenio de adjudicación otorgado por Instituto Municipal de la Tierra y la Vivienda en fecha 30 de diciembre de 2.014, solicitando otorgamiento de la correspondiente escritura;

Que conforme surge del plano según mensura 232-2022, la manzana 871, subdividido y adjudicado a 40 vecinos, es espacio verde;

Que a los efectos de regularizar la situación dominial de los vecinos afectados por la operatoria irregular del Instituto de la Tierra y la Vivienda, corresponde proceder a desafectar la manzana 871 del uso público como espacio verde;

POR ELLO EL PUEBLO DE CHOELE CHOEL A TRAVES DE SU REPRESENTANTE, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD, EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO PRIMERO: Desaféctese como bien del dominio público del estado y de uso público –Espacio Verde-, la Manzana 871, según Plano de mensura 232-2022, en base a los argumentos expresados en los considerandos.

ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, publicítese, comuníquese, tomen conocimiento las áreas correspondientes, y cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CHOELE CHOEL A LOS 14 DÍAS DEL MES JULIO DE 2022.-


ORDENANZA Nº 34/2022
TEMA: INCREMENTO PRESUPUESTARIO-REFACCIONES ESCOLARES
Fecha: 28/07/2022

VISTO
El Convenio firmado entre el Ministerio de Educación y RRHH de la Provincia de Rio Negro y la Municipalidad de Choele Choel para la llevar adelante el servicio de Mantenimientos de Escuelas.

CONSIDERANDO
Que al momento de realizar el presupuesto de gastos 2022 no se encontraba firmado el mencionado convenio.

Que se Presupuestó un valor estimado de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 02/100 ($ 8.296.547,02).

Que según el convenio firmado ingresaran durante el año 2022 en concepto de Mantenimiento escuelas la suma de PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 40/100 ( $ 11.246.854,40), en concepto de sanitizacion la suma de PESOS UN MILLON CIENTO TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 81/100 ($ 1.132.396,81), en concepto de gastos administrativos la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL CON 00/100 ( $ 524.000,00), en concepto de obras de luz gas y agua la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ( $ 800.000,00), en concepto de emergencia en caso de ser necesario la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ( $ 300.000,00), en concepto de obras complementarias la suma de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 80/100 ( $ 4.660.420,80), lo cual suma un total de PESOS DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 01/100 ($ 18.663.672,01).

Que existe una diferencia entre lo presupuestado y el convenio oportunamente firmado de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTICUATRO CON 99/100 ($ 10.367.124,99).

Que es necesario darle tratamiento presupuestario al citado convenio mediante el incremento de la partida de Recursos, como así también del programa y partida en el presupuesto de gastos

Por ello el pueblo de Choele Choel, a través de su representante, el CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTÍCULO PRIMERO: Increméntese la partida 1.7.2.02.04 Refacciones Escolares en la suma de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTICUATRO CON 99/100 ($ 10.367.124,99) en el Presupuesto de Recursos vigente. –

ARTÍCULO SEGUNDO: Increméntese la partida 3310 Mantenimiento y reparación de edificios y locales, programa 04.03.00 Convenio escolar Refacciones Escolares en la suma de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTICUATRO CON 99/100 ($ 10.367.124,99) en el Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, tomen razón las secciones correspondientes y oportunamente archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CHOELE CHOEL A LOS 28 DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.


ORDENANZA Nº 35/2022
TEMA: INCREMENTO PRESUPUESTARIO—PUENTES PEATONALES PASEO COSTERO
Fecha: 28/07/2022

VISTO
El convenio de obra delegada firmado con el Ministerio de Obras y servicios públicos de la Provincia de Rio Negro.

CONSIDERANDO
Que el citado convenio tiene como objetivo la ejecución de la obra “Puentes Peatonales en Paseo Costero de la Localidad de Choele Choel”

Que el monto de la obra a ejecutar firmado en dicho convenio asciende a la suma de PESOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS TRESCIENTOS CINCO CON 74/100 ($ 6.152.305.74).

Que dicho monto ya fue solicitado al Sr. Ministro de Obras y servicios públicos de la provincia de Rio Negro mediante nota presentada el 27 de enero de 2022.

Que la mencionada obra “Puentes Peatonales en Paseo Costero de la Localidad de Choele Choel” se complementa con la “Obra Costanera ampliación paseo costero”

Que a los fines de efectuar la ejecución presupuestaria es necesario incrementar las partidas presupuestarias de Recursos y Gastos del correspondiente programa;

Por ello el pueblo de Choele Choel, a través de su representante, el CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTÍCULO PRIMERO: Increméntese la partida presupuestaria de ingresos 2.2.2.02.03 Otros de Origen Provincial (fuente financiera 3400) por la suma de PESOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCO CON 74/100 ($ 6.152.305,74). –

ARTÍCULO SEGUNDO: Increméntese el Programa 11.08.00 de Gastos “OBRA COSTANERA”, partida 4220 del Presupuesto de Gastos vigente por la suma de PESOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCO CON 74/100 ($ 6.152.305,74). –

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, tomen razón las secciones correspondientes y oportunamente archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CHOELE CHOEL A LOS 28 DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.


ORDENANZA Nº 36/2022
TEMA: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA CRISTIAN LEDESMA
Fecha: 28/07/2022

VISTO
El Expediente Nro. 045/2022 caratulado: “LEDESMA CRISTIAN S/ ESCRITURACIÓN;

CONSIDERANDO
Que con fecha 21 de julio de 2.022 se presenta el Sr. Cristian Manuel Ledesma, DNI: 24.095.636 solicitando la adjudicación definitiva y/o la escrituración del inmueble designado catastralmente: 08-1- E-896A-15, a nombre del estado municipal;

Que a fs. 3 acompaña Copia de “Convenio de preadjudicación” con fecha 10 de mayo de 2012.

Que a fs. 10 la Secretaría de Planificación y Desarrollo Local CERTIFICA que el inmueble en mención se encuentra en posesión del Sr. Cristian Manuel Ledesma.

Que la titularidad del presentante se condice con las constancias de los registros de este municipio, todo ello de acuerdo al informe de datos parcelarios agregado a fs. 12 y 13.

Que de acuerdo al informe del área de impositiva el inmueble no registra deuda;

Que, para la instrumentación de lo aquí dispuesto, también debe constar que los gastos de escrituración serán a cargo del adjudicatario.

Por ello el pueblo de Choele Choel, a través de su representante, el CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTÍCULO PRIMERO: Adjudíquese en forma definitiva la Parcela 15 de la Manzana 896A de la Sección E, con Denominación Catastral 08-1-E-896A-15-000-0 al Sr. Cristian Manuel Ledesma, DNI: 24.095.636 en base a los considerandos de la presente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Otórguese la correspondiente escritura traslativa de dominio a favor del adjudicatario y autorícese al Sr. Intendente Municipal a firmar la escritura traslativa de dominio y/o cualquier otra documentación que fuere necesaria para la instrumentación de la adjudicación objeto de la presente, dejándose expresa constancia que la totalidad de los gastos son a cuenta del adjudicatario.

ARTÍCULO TERCERO: Comuníquese, publíquese, tomen razón las oficinas correspondientes para su cumplimiento y oportunamente archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CHOELE CHOEL A LOS 28 DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.


ORDENANZA Nº 37/2022
TEMA: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA MIRIAM RUBI DANI
Fecha: 28/07/2022

VISTO
El Expediente Nro. 044/2022 caratulado: “MIRIAM RUBI DANI Y OTRO S/ ESCRITURACIÓN; y

CONSIDERANDO
Que con fecha 15 de julio de 2.022 se presenta la Sra. MIRIAM RUBI DANI solicitando la adjudicación definitiva y/o la escrituración del inmueble designado catastralmente: 081-E-885B-02, a nombre del estado municipal;

Que a fs. 3 acompaña Copia de “Convenio de adjudicación” de fecha 10 de mayo de 2012 a nombre de la Sra. MARCELA MARIEL CANCELO.

Que a fs. 9 acompaña copia de “Cesión de Derechos y Mejoras” a favor de la Sra. Miriam Rubí Dani.

Que a fs.11 la Secretaría de Planificación y Desarrollo Local CERTIFICA que el inmueble en mención se encuentra en posesión de los Sres. Dani Miriam Rubí y Mazziotti Oscar Feliz.

Que la titularidad del presentante se condice con las constancias de los registros de este municipio, todo ello de acuerdo al informe de datos parcelarios agregado.

Que de acuerdo al informe del área de impositiva el inmueble no registra deuda;

Que, para la instrumentación de lo aquí dispuesto, también debe constar que los gastos de escrituración serán a cargo de la adjudicataria.

Por ello el pueblo de Choele Choel, a través de su representante, el CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTÍCULO PRIMERO: Adjudíquese en forma definitiva la Parcela 02 de la Manzana 885B de la Sección E, con
Denominación Catastral 08-1-E-885B-02-000 de la Sra. DANI MIRIAM RUBÍ, DNI: 22.378.967, en base a los considerandos de la presente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Otórguese la correspondiente escritura traslativa de dominio a favor de la adjudicataria y autorícese al Sr. Intendente Municipal a firmar la escritura traslativa de dominio y/o cualquier otra documentación que fuere necesaria para la instrumentación de la adjudicación objeto de la presente, dejándose expresa constancia que la totalidad de los gastos son a cuenta de la adjudicataria.

ARTÍCULO TERCERO: Comuníquese, publíquese, tomen razón las oficinas correspondientes para su cumplimiento y oportunamente archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CHOELE CHOEL A LOS 28 DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.


ORDENANZA Nº 38/2022
TEMA: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA NORMA FRESSER – SANDRO RODRÍGUEZ
Fecha: 28/07/2022

VISTO
El Expediente Nro. 037/2022 caratulado: “RODRIGUEZ SANDRO Y OTROS S/ ESCRITURACIÓN;

CONSIDERANDO
Que con fecha 29 de junio de 2.022 se presentan los Sres. Julio Sandro G. Rodríguez, DNI: 17.794.717 y la Sra. Norma Isabel Fresser, DNI: 17.402.569 solicitando la adjudicación definitiva y/o la escrituración del inmueble designado catastralmente: 08-1-H-256-03-000, a nombre del estado municipal;

Que a fs. 2 acompañan Copia de “Convenio de preadjudicación” con fecha 4 de noviembre de 1993.

Que a fs. 12 la Secretaría de Planificación y Desarrollo Local CERTIFICA que el inmueble en mención se encuentra en posesión de los Sres. Julio Sandro G. Rodríguez y de la Sra. Norma Isabel Fresser.

Que la titularidad del presentante se condice con las constancias de los registros de este municipio, todo ello de acuerdo al informe de datos parcelarios agregado.

Que de acuerdo al informe del área de impositiva el inmueble no registra deuda;

Que, para la instrumentación de lo aquí dispuesto, también debe constar que los gastos de escrituración serán a cargo del adjudicatario.

Por ello el pueblo de Choele Choel, a través de su representante, el CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTÍCULO PRIMERO: Adjudíquese en forma definitiva la Parcela 03 de la Manzana 256 de la Sección H, con Denominación Catastral 08-1-H-256-03-000 a los. Sres. JULIO SANDRO G. RODRÍGUEZ, DNI: 17.794.717 Y A LA SRA. NORMA ISABEL FRESSER, DNI: 17.402.569 en base a los considerandos de la presente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Otórguese la correspondiente escritura traslativa de dominio a favor de los adjudicatarios y autorícese al Sr. Intendente Municipal a firmar la escritura traslativa de dominio y/o cualquier otra documentación que fuere necesaria para la instrumentación de la adjudicación objeto de la presente, dejándose expresa constancia que la totalidad de los gastos son a cuenta del adjudicatario.

ARTÍCULO TERCERO: Comuníquese, publíquese, tomen razón las oficinas correspondientes para su cumplimiento y oportunamente archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CHOELE CHOEL A LOS 28 DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.


DECLARACIÓN DE INTERÉS Nº03/2022
TEMA: 1ºJORNADAS REGIONALES DE MATEMÁTICA
Fecha: 14/07/2022

VISTO
La nota enviada por el Instituto de Formación Docente Continua de Luis Beltrán sobre las “I JORNADAS REGIONALES DE MATEMATICA”: Repensar la enseñanza de la Matemática en el Nivel Inicial y Primario;

CONSIDERANDO
Que es vocación de este Concejo Deliberante acompañar permanentemente las actividades educativas que se desarrollan en de nuestra región,

Que este evento convocara a docentes y estudiantes de la Provincia de Rio Negro en torno a una agenda que incluye conferencias y talleres, a cargo de especialistas de amplia trayectoria en el campo de la Didáctica de la Matemática;

Que esta actividad académica es impulsada por el Instituto de Formación Docente de Luis Beltrán;

POR ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CHOELE CHOEL, en ejercicio de sus atribuciones, sanciona con fuerza de:

DECLARACIÓN

ARTÍCULO PRIMERO: Declárese de Interés Municipal, la I JORNADAS REGIONALES DE MATEMATICA: “Repensar la enseñanza de la Matemática en el Nivel Inicial y Nivel Primario: Resignificando puntos de encuentro”, a desarrollarse los días 18 y 19 de Agosto de 2022

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, publicítese, comuníquese, tomen conocimiento las áreas correspondientes, y cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CHOELE CHOEL A LOS 14 DÍAS DEL MES JULIO DE 2022.-


COMUNICACIÓN Nº01/2022
TEMA: ATENCIÓN AL PÚBLICO CAMUZZI
Fecha: 28/07/2022

VISTO
El artículo 42º de la Constitución Nacional, las atribuciones conferidas por la Carta Orgánica al Concejo Deliberante y;

CONSIDERANDO
Que el artículo 42 establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.

Que el servicio de provisión de gas, es un servicio básico indispensable, para la realización de actividades humanas.
Que las quejas y el malestar de los usuarios de éste servicio se han incrementado, ya que la empresa Camuzzi, permanece cerrada a la atención del público desde fines de marzo del año 2020.

Que la empresa aduce que las restricciones a la atención están enmarcadas dentro de los protocolos surgidos de la Pandemia de Covid-19.

Que más allá de que la empresa ha informado que ha implementado aplicaciones de atención al público que son alternativas a la atención presencial, como ser la Oficina Virtual de Atención al Cliente, la realidad es que nos encontramos con situaciones que el usuario no puede utilizar, ya que son limitantes a la acción de los mismos y terminan siendo engorrosos, difíciles de cumplimentar sino es con la ayuda y asistencia de alguien más, complejos, ya que las personas mayores muchas no comprenden las tecnologías actuales, muchas carecen de computadoras, netbook, celulares, volviéndose restrictivas, ya que para acceder a los planes de pagos de deuda que ha ido acumulando el usuario, es necesario tener tarjeta de débito o crédito.

Que la empresa alega que para poder solucionar en parte estos inconvenientes que se le generan al usuario diariamente, ha establecido la gestión de turnos de atención únicamente online, que le otorga los turnos en la página de la Oficina Virtual de la misma, pero la realidad es que una vez conseguido el turno, el usuario encuentra que la oficina de atención al público se encuentra cerrada.

Que todo esto genera un stress e impotencia muy grande en las personas, ya que el usuario necesita poder establecer planes de pagos, cambio de titularidad, consulta sobre la tarifa social, conocer las diferentes tarifas vigentes, como reemplazar la factura tradicional por la digital, que le expliquen los intereses por mora, el valor de las cuotas, de que otra manera puede abonar la deuda si no posee una tarjeta de débito o crédito, entre otras cuestiones.

Que la ciudadanía entiende que la Pandemia de Covid -19 ha modificado la vida cotidiana de todos y que conoce todas las medidas de seguridad y protección como el uso del barbijo y el de la higiene de manos y superficies, y que por lo tanto es necesario e imprescindible contar con la atención al cliente de forma presencial, manteniendo las medidas de seguridad que usamos todos los habitantes de nuestra ciudad en la vida diaria.

Por ello el Pueblo de Choele Choel, a través de su legítimo representante, el CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD, en ejercicio de sus atribuciones, sanciona con fuerza de:

COMUNICACIÓN

ARTÍCULO PRIMERO: Comunicar al Ente Nacional Regulador de Gas (Enargas) Delegación San Carlos de Bariloche, Camuzzi Gas del Sur, Defensoría del Pueblo y OMIC Choele Choel, la necesidad de contar nuevamente con aten-ción al público de modo presencial, y que la misma se realice todos los días hábiles, de lunes a viernes en la sede que la empresa Camuzzi posee en la ciudad de Choele Choel.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CHOELE CHOEL A LOS 28 DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.


MUNICIPALIDAD DE CHOELE CHOEL
LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA N°07/2022

OBJETO DEL LLAMADO: Llámese a Licitación Pública N° 07/2022 para la reparación y repavimentación de camino rural en zona de chacras “La Rinconada”- Choele Choel – Luis Beltrán.

PRESUPUESTO OFICIAL: Se fija la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DOS CON 40/100 ($144.354.402,40). Se admite redeterminación de precios conforme Decreto PEN 691/16.

ENTE FINANCIANTE: DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.

VALOR DEL PLIEGO: El valor del pliego es de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 00/00 ($144.352,00).

CONSULTA DE PLIEGO: Los pliegos se podrán adquirir hasta tres días antes de la fecha de apertura en la Municipalidad de Choele Choel, San Martin 1327, Choele Choel, Secretaría de Hacienda, Sección Impositiva, en horario administrativo.

FECHA Y HORA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS: martes 23 de agosto del 2022 a las 11:00 hs por mesa de entradas.

LUGAR Y FECHA DE APERTURA DE SOBRE: Sala de Reuniones del Municipio de Choele Choel, el día 23 de agosto de 2.022 a las 11:00 hs.


PODER EJECUTIVO
Intendente
DIEGO RAMELLO

PODER LEGISLATIVO
Presidente Concejo Deliberante: Sr. Héctor Alberto Scortichini
Vice Presidente Primero: Sr. Nahuel Perfumo
Vice Presidente Segundo: Sr. Carlos Severino Ottogalli
Vice Presidente Tercero: Sr. Matías Doric
Presidente Bloque Juntos Somos Rio Negro: Sr. Fabio Alberto Pilía
Presidente Bloque Frente de Todos: Sra. Verónica Porrino Montobbio
Presidente Bloque Vamos Juntos por Choele Choel: Sr. Humberto Ventos

CONTRALOR MUNICIPAL
Presidente: Miguel Ángel Alcaraz (Vamos Juntos por Choele Choel)
Sr. Cesar De Angelis (Frente de Todos)
Norberto Perouene (Unión Cívica Radical)
Nicolás Caruso (Juntos Somos Rio Negro)

Municipalidad de Choele Choel

Av. San Martín 1327
(R8360AJA) Choele Choel
Provincia de Río Negro
República Argentina

Lunes a viernes de 7:30 a 12:30h

(02946) 442209

Ubicación

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Av. San Martín 1327
(R8360AJA) Choele Choel
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